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El Juzgado de Faltas infraccionó a El Huracán y Newbery por el uso de pirotecnia durante los partidos

Fueron infraccionados por violación a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal 3655/2017, que prohíbe el uso, tenencia y manipulación de pirotecnia y/o cohetería de tipo explosivo con efecto sonoro o audible.

El Juzgado de Faltas municipal informa que se infraccionó al Club El Huracán y al Club Atlético Jorge Newbery, por uso y manipulación de pirotecnia sonora durante el desarrollo de los partidos disputados en fecha 22/12 y en fecha 26/12 del corriente año, y que tuvieron lugar en las canchas de los clubes antes mencionados, respectivamente.

Los mismos fueron infraccionados, por violación a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal 3655/2017 (actualización de la Ordenanza Nº 2491/99), que prohíbe el uso, tenencia y manipulación de pirotecnia y/o cohetería de tipo explosivo con efecto sonoro o audible.

Cabe destacar que ambos clubes son reincidentes en el incumplimiento de lo dispuesto por dicha ordenanza, lo que acarrea sanciones pecuniarias importantes. El importe de la multa está estipulado en el Art. Nº4 de la ordenanza y corresponde a un sueldo mínimo vital y móvil que, en este caso, podría duplicarse por la reiteración de la infracción.

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